Candela Vázquez
ABC Andalucía

La imposición del certificado Covid en Andalucía es una realidad. Con la venia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Junta exigirá estar vacunado para entrar en residencias y centros sociosanitarios, aunque la intención del gobierno autonómico es que la norma se extienda al ocio nocturno y la restauración.

Por el momento, a partir de este martes 7 de diciembre y hasta el próximo 15 de enero, todo el que quiera visitar centros sanitarios con internamiento y centros sociosanitarios de carácter residencial deberán tener el certificado Covid-19 o una prueba diagnóstica negativa al coronavirus.

Así lo ha certificado el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) extraordinario que se publicó ayer. La orden establece que el usuario deberá presentar su pasaporte Covid en los siguientes casos:

Visitar a una persona hospitalizada
Las personas mayores de 12 años que visiten o acompañen a un paciente hospitalizado, ya sea en un centro de titularidad pública o privada, podrán acceder al lugar siempre que dispongan de un certificado Covid-19 o prueba diagnóstica negativa emitido por el servicio público de salud o por un laboratorio autorizado. También servirá la acreditación de que se ha pasado el Covid en los últimos seis meses.

Visitar una residencia de ancianos
La orden establece que los visitantes de residencias de ancianos deberán presentar una de las tres vías que se exigen desde este pasado martes: pasaporte covid, prueba negativa o acreditación de haber pasado la enfermedad. Esta exigencia es para toda persona mayor de 12 años.

Urgencias y consultas hospitalarias
En el caso de acompañar a un paciente en el ámbito de las consultas hospitalarias o a Urgencias no será necesario presentar ninguna documentación. Sin embargo, si el paciente termina requiriendo ingreso hospitalario sí se solicitaría al acompañante su certificado.

Sanciones para quién no cumpla
El incumplimiento de esta orden puede ser sancionado con multas de 100 a 3000 euros, para las infracciones leves; de 3001 a 60000 euros para las graves; y de hasta 600.000 euros para las muy graves.

Estas sanciones se basan en el régimen sancionador establecidos en el Decreto-ley 21/2020, de 4 de agosto, por el que se establece el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención aplicables en Andalucía ante el Covid-19«.